Coordinan la actividad de caza con el Renar (Córdoba)
Fecha Miércoles, 18 abril a las 20:19:10
Tema Medio Ambiente


La Agencia Córdoba Ambiente informa, a través de la Policía Ambiental dependiente de este organismo, que se llevó a cabo el lanzamiento de las nuevas habilitaciones o carné de caza que se utilizaran en la temporada 2007.

El acto se realizó en la sede de la Agencia Córdoba Ambiente y contó con la presencia del coordinador de la Policía Ambiental, Crio. Mayor
(retirado) Néstor Villar; el Sr. Director del Registro Nacional de Armas (RENAR), Dr. Montero Rosendo Ventura; y el director de la Patrulla Ambiental de Policía de la Provincia, Sub-comisario Horacio Martínez.

En la reunión participaron además, personal de las distintas áreas de esta Agencia que se dedican al control de esta actividad tales como Inspectores, Guardapescas, Guardafaunas y Guardaparques, como así también Agentes de Policía de la Provincia.

Cabe destacar que estos nuevos carnés estarán a disposición en clubes y comercios que se dedican al rubro, y serán habilitados por la Agencia a través de la página web: www.cordobaambiente.cba.gov.ar o llamando al 0351- 4343475.

Según la modalidad y la duración, los carnés varían su costo: el que
abarcaría toda la temporada tendrá un costo de 60 pesos; el que será de uso diario costará 15 pesos y la categoría de socio de clubb federado tendrá un valor de 27 pesos.

Es importante recordar que el carné de caza únicamente es valido teniendo la documentación al día: carné de legitimo usuario, tenencia del arma y consumo de municiones, la cual tendrá que ser exhibida ante posibles controles.

En esta oportunidad, el coordinador de la Policía Ambiental de la Agencia Córdoba Ambiente, Néstor Villar se refirió específicamente al uso del carné, y a la actividad de contralor que deben ejercer los inspectores teniendo en cuenta la modalidad de caza de acuerdo a resoluciones, a la Ley Nacional 22421 y las Leyes Provinciales 4046 y 8431.

Por su parte, el director del RENAR Córdoba, Dr. Ventura, expuso las normas y reglas que se deben cumplir en lo referido a la tenencia de armas y consumo de municiones, según lo establece la Ley Nacional de Armas y Explosivos 20429, Código Penal (artículo 189 bis) portación ilegal de armas, y la Resolución 197/06.

Es importante subrayar que estos organismos actuaran en forma coordinada en el trabajo de inspección, control y sanción de este tipo de actividad.







Este artículo proviene de Altasierra Documentales
http://www.cordobes.com/30dias

La dirección de esta noticia es:
http://www.cordobes.com/30dias/modules.php?name=News&file=article&sid=18